PRIMERO: Se declara CONSUMADO EL DESISTIMIENTO del recurso de apelación, formulado mediante diligencia de fecha 04 de febrero de 2015 (folio 99), por la abogada FLORALBA OBANDO URBINA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 6.534.682, domiciliada en la ciudad de Mérida, contra la decisión de fecha 05 de noviembre de 2014, mediante la cual el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, declaró inadmisible la oposición de cuestiones previas, la nulidad del auto que admitió la demanda y las actuaciones procesales posteriores a dicha providencia e inadmisible la demanda interpuesta por la ciudadana Silvia Adriana Bracho Dugarte, contra los ciudadanos Maury Liliana Bracho Dugarte y Kirsy Alexandra Bracho Dugarte, por partición de bien común. En consecuencia LE IMPARTE a dicho acto de autocomposición procesal el CARÁCTER DE SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, mo.....