Se declaró SIN LUGAR la apelación interpuesta el 11 de noviembre de 2009, por el abogado SANTIAGO ALEXANDER MORALES, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadanos LUDGAR ALBERTO TORO TORO y LAURA ROSA LUCIANI TORO, contra la sentencia definitiva de fecha 7 de octubre de 2009, proferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA. Se declaró CON LUGAR la demanda propuesta en fecha 2 de julio fr 2007 ante el mencionado Tribunal, por el señor LUIS ARRAMBIDE, actuando en su carácter de Director de la sociedad mercantil ADMINISTRADORA VIACSA C.R.L. Se CONDENÓ al pago por concepto de mora en la devolución del inmueble y conforme a la cláusula vigésima, a pagar la suma de SEIS MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL BOLÍVARES (Bs. 6.784.000,00) que hoy equivalen a la cantidad de SEIS MIL BOLÍVARES CON SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO (Bs. 6.784,00). Se CONDENÓ a la parte demandada al.....