Se declaró EXTEMPORÁNEO, por tardío, y, por ende, INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto el 24 de octubre de 2011, por el abogado GERARDO ARTURO FERNÁNDEZ HERNÁNDEZ, procediendo en su carácter de coapoderado judicial de la tercera opositora, sociedad mercantil INVERSIONES MAILANI COMPAÑÍA ANÓNIMA (MAILACA), contra la decisión de fecha 17 del citad mes y año, dictada por el a quo. Se REVOCÓ en todas y cada una de sus partes el auto del 25 de octubre de 2011.