DISPOSITIVA
En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en sede constitucional, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la acción de AMPARO CONSTITUCIONAL incoada por el ciudadano YOVANY DE JESUS MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-24.373.923, en su nombre y en representación de su menor hijo (E.E.R.K) del cual se omite su nombre por razones de Ley, domiciliado en el Sector Mucumbas, Carretera Principal, casa S/N, Parroquia Capital Timotes, Municipio Miranda del Estado Mérida, asistido por el abogado JULIO ALVIDES ROJAS PEÑA, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 29.839, teléfono y correo: 0416-3982704, yovanyrivas44@gmail.com, como correo de su abogado: jalvides@gmail.com; contra los ciudadanos PEDRO ANTONIO RIVERA y LUZ MARINA PACHECO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la.....