Por las consideraciones que anteceden este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, decreta:
PRIMERO: La INTERDICCION del ciudadano CESAR AUGUSTO DUGARTE NAVAS, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V- 10.715.022, domiciliado en Mérida Estado Mérida, por PADECER "RETRASO MENTAL PROFUNDO, SIMDROME DE DOWM, HIPOTEROIDISMO", que la hacen incapaz para proveerse por si mismo de sus propios intereses y de su persona, por estar llenos los extremos legales a que se contraen los artículos 393 y 396 del Código Civil, en concordancia con el articulo 733 del Código de Procedimiento Civil. Y así se decide.
SEGUNDO: Como consecuencia del anterior pronunciamiento se designa como tutora a la ciudadana FANNY COROMOTO DUGARTE NAVAS, venezolana mayor de edad, cas.....