PRIMERO: REVOCA la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 19 de septiembre de 2013, donde se declaró CON LUGAR EL RECONOCIMIENTO DE UNIÓN CONCUBINARIA, incoada por la ciudadana ANA MARINA ZAMBRANO, contra el ciudadano JOSÉ INOCENTE TREJO RIVAS, quedando, en consecuencia, sin efecto, las notificaciones ordenadas en la mencionada decisión, así como la comisión librada al Juzgado de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con oficio N° 633-2013.
SEGUNDO: SE REPONE LA CAUSA, al estado de dictar auto complementario al auto de admisión, de fecha 28 de septiembre de 2009, mediante el cual se ordene librar, notificación a la Fiscal de Guardia del Ministerio público, la cual debe constar previa a cualquier otra actuación, igualmente ordene publicar por la prensa, a costa del interesado, el edicto a que se contrae la parte in fine del artículo 507 del Código Civil y, hecho lo cual, el juicio se continúe substanciando por el procedimiento or.....