Por las consideraciones anteriormente hechas este Juzgado PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Constitución y sus Leyes, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR, la demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana MARIA OFELIA CASTILLO DE DUGARTE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 10.107.363, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida y hábil, contra su cónyuge el ciudadano ROBERTO ANTONIO DUGARTE SÁNCHEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nº V- 8.022.817 domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Bolivariano de Mérida y hábiles, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, los criterios doctrinarios y la jurisprudencia concerniente al incumplimiento injustificado y abandono por parte del cónyuge de los deberes que conf.....