PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de Cobro de Bolívares Por Accidente de Tránsito, incoado por el ciudadano Sergio Guerrero Villasmil, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Número V.-11.675.575, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°71.631, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Sociedad Mercantil Transporte Alfonso Contreras Contreras, Compañía Anónima (TRACCA), representada por los ciudadanos Alfonso de Jesús Contreras Arellano y José Trinidad Contreras Arellano, venezolanos mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V- 8.032.116 y V-10.712.711, quienes actúan en la condición de Directores Principales, la cual se encuentran inscrita por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, bajo el N° 29, Tomo-1 en fecha 23 de julio de 1990, modificada bajo acta registrada por ante la misma oficina bajo el N° 72,Tomo A-6, de fecha 28 de septiembre de 1996, con segunda modificación bajo acta registrada tambi.....