Se decreto medida provisional de protección a la producción, solicitada por el Defensor Público Suplente del Estado Mérida, abogado CARLOS FIDEL VILLEGAS RAMIREZ, en representación del ciudadano FREDY JOSE RIVAS, para evitar la lesión, paralización, destrucción o desmejoramiento a la producción y, ordenó a cualquier autoridad se abstuviera de practicar cualquier medida ejecutiva, ejecución de cualquier acto judicial que conlleve a la desposesión o desalojo del lote de terreno ubicado en el sector "El Chorote", caserío El Royal, Municipio Rangel del Estado Mérida, de una área aproximada de cuatrocientos setenta y nueve metros cuadrados con cincuenta centímetros (479,50 mts2), comprendido dentro de los siguientes linderos: Pie, con terrenos de Pedro Rivas, Demetrio de Rivas; costado derecho, con terrenos de Fabriciana Rivas de Rangel; cabecera, con terrenos de la sucesión de Emilia Rivas; por el costado izquierdo, con terrenos de Esteban Rangel y Heliodoro Paredes. En consecuencia, se or.....