El Tribunal decretó medida provisional de protección a la producción, para evitar la lesión, paralización, destrucción o desmejoramiento a la producción y en consecuencia ordena a cualquier autoridad se abstenga de practicar cualquier medida ejecutiva, ejecución de cualquier acto judicial que conlleve a la desposesión o desalojo del lote de terreno, ubicado en el punto "La Majada", sector El Baho de la población de Santo Domingo, Municipio Cardenal Quintero del Estado Mérida, hasta tanto sea resuelto el procedimiento administrativo interpuesto por ante el Instituto Nacional de Tierras (INTI).