El Tribunal decretó la medida cautelar innominada provisional, solicitada por el ciudadano LENIN RAMON SEMPRUM SEMPRUM, asistido por el abogado JOSE DEL CARMEN RODRIGUEZ, para evitar la lesión y destrucción a la producción y en consecuencia ordenó a cualquier autoridad se abstenga de practicar cualquier medida ejecutiva, ejecución de cualquier acto judicial que conlleve a la desposesión o desalojo de la finca conocida como "La Ponderosa", ubicada en el sector Capazón Abajo Km. 6 de la Parroquia del Municipio Obispo Ramos de Lora del Estado Mérida. Hasta tanto sea reubicado en tierras de mejor o igual calidad.