Ordenó realizar un justiprecio del inmueble mediante un perito avaluador, para determinar si el inmueble que se prtende dar en hipoteca legal al Tribunal, es suficiente para garantizar las re-sultas del proceso; cuyo monto de la caución, es el doble de la demanda más las costas proce-sales, es decir, la caución es por la cantidad de VEINTIUN MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS CUARENTA BOLIVARES CON OCHO CENTIMOS (Bs. 21.673.840,08), más las costas en un treinta por ciento (30%), que sumadas da un total de VEINTICUATRO MI-LLONES NOVECIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS BOLIVARES CON NUEVE CEN-TIMOS (Bs. 24.924.916,09), siendo esta la caución que ha de otorgar la parte solicitante, ciuda-dano JOSE EDELBERTO VALERO ARAUJO, previo el justiprecio del inmueble.