El Tribunal homologó el acto conciliatorio, efectuado el 26 de junio de 2008, entre los ciudadanos CLEOMENES MEDINA CEBALLOS, RUFO MEDINA CEBALLOS y ANATOLIO MEDINA CEBALLOS, JOSE FAUSTINO MEDINA CEBALLOS, HUGO ALFONSO MEDINA CEBALLOS, PABLO EMPIDIO MEDINA CEBALLOS, JOSE NAVOR MEDINA CEBALLOS, FREDDY MEDINA CEBALLOS, HAIDEE MEDINA CEBALLOS, OMAR MEDINA CEBALLOS, MARIA PILAR MEDINA CEBALLOS, CARLOS ANDRES MEDINA CEBALLOS y RODOLFO MEDINA CEBALLOS, por ante la Oficina de la Defensoría Pública Primera Especializada en materia Agraria, con sede en El vigía, Estado Mérida, impartiéndole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, y consecuencialmente, da por terminada dicha solicitud.