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Decisiones del dia 05/10/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 934-09 N° Sentencia : 426 Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Cobro De Bolívares Por Intimación
Partes:
DEMANDANTE: GONMAR GONZALO PEREZ MENDOZA; DEMANDADO(S): GLENDA LAIDEN TORREALBA VELIZ Y NARLIS MARISOL TORREALBA VELIZ.
Resumen:
Siendo criterio jurisprudencial reciente y dominante del Tribunal supremo de Justicia de fecha 07-07-04, que por obligación del demandante se entiende el suministrar lo referente a la dirección y los recursos necesarios para el traslado del alguacil, cuando la dirección donde ha de practicarse la citación del demandado queda a más de quinientos metros de la sede del tribunal. Y en virtud del artículo 269 de la misma Ley Procesal, la perención opera de derecho y puede ser declarada de oficio por el Tribunal. Por lo que este tribunal Administrando Justicia en nombre de La República y por Autoridad de La Ley DECRETA LA PERENCION BREVE de la presente causa. Se suspende la medida de prohibición de enajenar y gravar decretada por este tribunal por auto de fecha 05-11-2009, sobre el bien inmueble propiedad de la codemandada NARDIS MARISOL TORREALBA VELIZ.
Juez/Ponente:
Neddy Salas Morillo
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo
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N° Expediente : 881-09 N° Sentencia : 425 Fecha: 05/10/2010
Procedimiento:
Cobro De Bs. Por El Pocedimiento De Intimación
Partes:
DEMANDANTE: RANGEL MONTIEL JOSE RAMON; DEMANDADO: FARMAPREMIUN LA "H" C.A.
Resumen:
Siendo criterio jurisprudencial reciente y dominante del Tribunal supremo de Justicia de fecha 07-07-04, que por obligación del demandante se entiende el suministrar lo referente a la dirección y los recursos necesarios para el traslado del alguacil, cuando la dirección donde ha de practicarse la citación del demandado queda a más de quinientos metros de la sede del tribunal. Y en virtud del artículo 269 de la misma Ley Procesal, la perención opera de derecho y puede ser declarada de oficio por el Tribunal. Por lo que este tribunal Administrando Justicia en nombre de La República y por Autoridad de La Ley DECRETA LA PERENCION BREVE de la presente causa. Se suspende la medida de preventiva de embargo, decretada por este tribunal por auto de fecha 20-05-2009, sobre bienes muebles propiedad de la demandada empresa mercantil, ya indicada y no ejecutada.
Juez/Ponente:
Neddy Salas Morillo
Organo:
Juzgado Segundo de los Municipios Alberto Adriani, Andrés Bello, Obispo Ramos de Lora y Caracciolo Parra Olmedo
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