Por las consideraciones anteriormente expuestas, este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRES BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, conforme lo establece el artículo 185-A del Código Civil, hecha por el ciudadano ANTONIO MARIA CARRERO ZAMBRANO, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad No. 2.892.182, domiciliado en el Km. 15, vía panamericana, Estado Mérida, y reconocida por la ciudadana SERGIA MARIA BRAVO GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad No. 2.642.168, domiciliada en el Km. 15, vía panamericana, Estado Mérida. Como consecuencia de la anterior declaratoria, se dec.....