Este Tribunal homologa el convenimiento celebrado entre las partes en fecha 04-10-2004, da por terminado el juicio y le otorga el carácter sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. se suspende la medida de embargo preventiva decretada en fecha 08-09-2004 y no practicada. Una vez conste en autos la cancelación total de la obligación convenida se ordena el archivo del expediente.