L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO:
CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; ténganse como Única y Universal Heredera del causante LADIMIRO ANTONIO URDANETA HERNANDEZ, quien en vida fue venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.- 5.124.348, a la ciudadana: SONIA EDELMIRA ARAUJO DE URDANETA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad Nro. 9.176.243, como cónyuge del causante LADIMIRO ANTONIO URDANETA HERNANDEZ, antes identificado --------------------------------------. -------------
Se dejan a s.....