En fundamento y consecuente e invariable con lo anteriormente expuesto, este Juzgado EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARINA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDD DE LA LEY DECLARA: -----------
Primero: Con lugar la CONFESION FICTA en que incurrió la demandada Alida María Pacheco, ya identificada.
Segundo: Con lugar la demanda de Desalojo interpuesta por Marvel de Jesús Avendaño Segovia, asistida por la abogada Maria Celina Arria Ramos, Contra Alida María Pacheco.
Tercero: Se le condena a la parte demandada Alida Maria Pacheco, a cancelar la cantidad de Un Millón Quinientos Mil Bolívares (Bs.1.500.000,oo), por cánones de arrendamientos insolutos.
Cuarto: Se le condena a la parte demandada, Alida María Pacheco, a cancelar las costas y costos, por resultar totalmente vencida en este juicio.
Quinto: Se declara con lugar la medida de secuestro ejecutada.
Por cuanto la presente decisión se ha publicado fuera del lapso legal previsto en el artículo 251, ejusdem, a los .....