L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; ténganse como Únicos y Universales Herederos del causante LENIN TORRES MORALES, venezolano, mayor de edad, Médico internista, titular de la cédula de identidad Nº V.- 4.488.647, quien falleció ab-intestato el 02 de Noviembre del 2010, según consta en Acta de Defunción Nº 1331, certificación de fecha 13 de Abril del año 2011, emitida por la abogada ALBA MAYRA PARRA DE VARGAS, Registradora Civil de la Parroquia Domingo Peña del Municipio Libertador del Estado Mérida, a los ciud.....