ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICA Y UNIVERSAL HEREDERA, en consecuencia; ténganse como Única y universal heredera de los causantes WALTER KETTL ZAUMAYR y JUANA BAUTISTA MARTINEZ DE KETTL, que en vida fueron venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 1.717.003 y 2.489.768, respectivamente; a la ciudadana: GREGORIA ANTONIA KETTL MARTINEZ; hija de los causantes, identificados plenamente. Se dejan a salvo los derechos a terceros de acuerdo a las previsiones de las disposiciones legales mencionadas.
SEGUNDO: Se ordena devolver las presentes actuaciones originales a la parte interesada, previa certificación de copias de la totalidad del expediente, una vez que la presente Sentencia quede firme, a .....