L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; ESTE TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; ténganse como Únicos y Universales Herederos del causante RAFAEL ANTONIO NAVA MORALES, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nº V.- 679.835, quien falleció ab-intestato el 11 de Agosto del 2013, según consta en Acta de Defunción Nº 920, certificación de fecha 11 de Agosto del año 2013; a los ciudadanos: ANA MIREYA SILVA DE NAVA, MARIA ALEJANDRA NAVA SILVA; JESUS EDUARDO NAVA SILVA, MARIA EUGENIA NAVA SILVA y MARIA DANIELA NAVA SILVA, venezolanos,.....