En fundamento y consecuente e invariable con lo anteriormente expuesto, este Juzgado EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, ADMINISTRANDO JUSTICIA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECLARA: --------
Primero: Con lugar la demanda interpuesta por Belitza N. Torres Hernández, asistida por el abogado Luis Lobo Fernández, por Cobro de Bolívares por la Vía Intimatoria Contra los ciudadanos María Patricia Burguera Correa y Antonio José Rodríguez.
Segundo: Se le condena a los demandados María Patricia Burguera Correa y Antonio José Rodríguez a cancelar la cantidad de Un Millón Novecientos Cincuenta Mil Bolívares (Bs.1.950.000,oo), que asciende al monto de dos cheques o títulos cambiarios emitidos y a cancelar los intereses moratorios generados desde el momento en que el pago debió efectuarse hasta la publicación de la referida sentencia.
Tercero: Se declara con lugar la medida de prohibición de enajenar y gravar, sobre un inmueble propiedad de la demandada María Patricia Burguera C.....