L A D I S P O S I T I V A
Por fuerza de todos los razonamientos de hechos y de Derecho que han sido en forma pormenorizada y reseñados en la parte motiva del presente dictamen; este TRIBUNAL PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, en consecuencia; téngase como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de la causante ROSA MALDONADO DE BENÍTEZ, quien falleció en fecha 02 de Julio de 2013; quien para el momento de su fallecimiento era venezolana, mayor de edad, casada, educadora, titular de la Cédula de Identidad N° 2.289.272, según se evidencia en el Acta de Defunción N° 28, expedida por el Registrador Civil de la Parroquia El Llano Municipio libertador Estado Mérida, a los ciudadanos WILFREDO ALIRIO BENÍTEZ, venezolano, mayor de edad.....