DECISIÓN
En orden a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la oposición a la medida de Embargo decretada y practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de medias de los Municipios Libertador y Santos Marquina de esta misma Circunscripción Judicial, sobre bienes propiedad del demandado.
SEGUNDO: Se condena en costas a la opositora Empresa IDEA¿S ARQUITECTURA INTERIOR C.A., representada por el Ciudadano Giuseppe Alongi Anzalone, por haber resultado totalmente perdidosa de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.