"...este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la demanda incoada por abogada María Elena Dos Santos Salazar, apoderada Judicial del ciudadano Ricardo Alejandro Nava Cuevas contra el ciudadano Santiago Dávila José Gregorio, ya identificados, por ser contraria a una disposición expresa de la Ley (artículos 78, 81, ordinal 3º y 341 del CPC)..."