"...este JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela, de conformidad con los articulo 936 y 937, ejusden, DECLARA: UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del causante RAFAEL ENRIQUE ABREU BURELLI, a sus legítimos hijos ciudadanos REGULO ERARDO ABREU QUINTERO y RAFAEL ENRIQUE ABREU QUINTERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedulas de identidad Nros. 8.044.717 y 8.044.720 en su orden, domiciliados en la Ciudad de Mérida, Estado Mérida y civilmente hábiles, hijos del causante conforme a la ley..."