DECISIÓN
En orden a las consideraciones que anteceden, este Juzgado Segundo de los Municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin lugar la demanda intentada por el ciudadano Valmore Ramón Rondón Paredes, a través de su apoderado judicial, abogado Leonel José Altuve Lobo, contra el ciudadano José Darío Montes, por Desalojo y la Resolución de Contrato de Arrendamiento, sobre un inmueble consistente en un apartamento, el cual es parte integrante de la Torre ¿C¿ del conjunto residencial La Floresta, identificado con el N° C-4-3, ubicado en la Pedregosa Baja, en jurisdicción del Municipio Libertador del Estado Mérida.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandante por haber resultado totalmente perdidosa, de conformidad con lo establecido en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.