En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los ciudadanos LUÍS ALBERTO MORA BELANDRIA Y ANA BERTA MORENO MOLINA, venezolanos, casados, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de la cédulas de identidad Nros. V-5.581.149 y V-9.470.039, respectivamente, siendo su último domicilio conyugal en el Barrio Santa Elena, Calle 12, casa N° 7-21, Municipio Libertador del Estado Mérida, y civilmente hábiles, debidamente asistidos por el Abogado RAMÓN ALBERTO BALZA MONSALVE, titular de la cédula de identidad V- 4.491.609, inscrito en el inpreabogado bajo el número 97.437, y jurídicamente hábil. En consecuencia se declara disuelto el VÍNCULO MATRIMONIAL que fuera celebrado ante la Prefectur.....