En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los Ciudadanos: YAJAIRA COROMOTO GARCÍA MÁRQUEZ Y JESÚS MANUEL HERNÁNDEZ ROJAS, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad N° V- 7.926.198 y V- 8.049.763, respectivamente, domiciliados la primera en el Sector San José de la Flores Alto, calle Las Cayenas, casa S/N, frente a la capilla, Mérida Estado Mérida; y el segundo Urb. Nueva Segovia, carrera 1, con calle 3, N° 21-70, Barquisimeto Estado Lara, y civilmente hábiles, asistidos por el abogado ERNESTO JOSÉ PEÑA ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V- 7.735.836, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 160.340, domic.....