En atención y consideración a las razones ya expuestas, es por lo que este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO intentada por los Ciudadanos: HUGO JESÚS RIZO QUIÑONES y ANA GRECIA AREVALO PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, casados, cónyuges entre sí, titulares de las cédulas de identidad Nos V- 16.201.880 y V- 14.917.091, respectivamente, domiciliados el primero en la Urbanización Las Tapias, Edificio Bucare, Piso 4, Apartamento 4 y la segunda en la Avenida Las Américas, Residencias Monseñor Chacón, Edificio O, Piso 7, Apartamento 703, de la Ciudad de Mérida del Estado Mérida y civilmente hábiles, debidamente asistidos por la Abogada en Ejercicio LILIBETH ZENAIDA ESCALANTE GUERRERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 14.805.633, inscr.....