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Decisiones del dia 27/09/2006

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 6017 N° Sentencia : Fecha: 27/09/2006
Procedimiento:
Desalojo Y Cobro De Bolívares
Partes:
DTE: RUIZ MOLINA ELOY JOSE. DDO: ANTOINEQUEINI
Resumen:
En consecuencia esta juzgadora considera procedente dicha solicitud, por consiguiente, se acuerda y autoriza al demandante para que ejerza los atributos de la propiedad sobre el referido inmueble, igualmente para hacer las reparaciones necesarias y a partir de la presente fecha , se debe tomar en cuenta que se dejan de computar los cánones de arrendamiento al arrendatario querellado en el presente proceso. Esta autorización para ejercer los atributos de la propiedad es por un lapso de seis meses mientras se dicta sentencia definitiva en la presente causa, dejando expresa constancia que lo aquí proveído no es vinculante a la sentencia definitiva que debe dictar este Tribunal. REGISTRES, COPIESE Y PUBLIQUESE DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPACHO DEL JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y SANTOS MARQUINA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA. En la ciudad de Mérida a los veintisiete (27) días del mes de septiembre de dos mil seis (2OO6). LA JUE.....
Juez/Ponente:
María Marin
Organo:
Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina
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N° Expediente : 6022 N° Sentencia : Fecha: 27/09/2006
Procedimiento:
Cobro De Bolívares Via Intimatoria
Partes:
DTE: CONTRERAS GUSTAVO. DDO: BERMUDEZ HIDALGO MARIA EUGENIA
Resumen:
Igualmente y en ese mismo orden de ideas, el Abogado GUSTAVO CONTRERAS, solicita a este Tribunal se sirva pronunciar con respecto a (sic) "la negativa de lo innecesario del traslado de la Secretaria a la dirección de la demandante" (sic); de lo expuesto se evidencia que el profesional del Derecho requiere de este Juzgado una providencia que exprese el motivo por el cual es NECESARIO el traslado de la Secretaria a la dirección de la "DEMANDANTE". Ahora bien, luego del estudio de la petición efectuada por la PARTE DEMANDANTE, representada en este caso por el Abogado GUSTAVO CONTRERAS, se observa una falta de sentido lógico estructurado que haga posible para este Juzgado proferir una providencia en respuesta a su solicitud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 de la Norma Adjetiva Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 26 de nuestra Constitución Nacional. Y ASÍ SE DECLARA. REGISTRESE, COPIESE Y PUBLIQUESE. DADO, FIRMADO Y SELLADO EN LA SALA DE DESPAC.....
Juez/Ponente:
María Marin
Organo:
Juzgado Tercero de los Municipios Libertador y Santos Marquina
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