En cumplimiento de lo ordenado por el Juzgado de la causa y del contenido del texto del decreto de Interdicto de Amparo, el Tribunal procedió a notificar a los ciudadanos Gabriel Ramírez Angulo, Iván Ramírez Durán, Angelmiro Ramírez Durán, cédulas de identidad números 3.039.804, 12.780.533 y 13.500.164, respectivamente, quienes se encuentraban debidamente asistido por el abogado Pedro Leonardo Quintero Matos, cédula de identidad N° 5.448.012, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 91.021, y se les hizo saber de lo ordenado por el Tribunal de la Causa, en relación al interdicto de Amparo decretado a favor de la querellante María del Carmen Durán, en el sentido de restituirle a la querellante la posesión y el derecho de tener acceso, usar y disfrutar del inmueble objeto del Interdicto, en consecuencia, se les hizo saber que nadie debe pasar por la finca donde la querellante tiene posesión y menos los querelladas quienes han perturbado a la querellante en su .....