PRIMERO: Se HOMOLOGA en todas y cada una de sus partes el acuerdo de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA VIAJAR FUERA DEL PAÍS, suscrito y presentado por los ciudadanos ANDREINA YURIBETH HERNANDEZ USECHE y GABRIEL ENRIQUE SULBARAN BONILLA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-15.079.603 y V-15.032.539, la primera domiciliada en: Avenida Universidad, sector Vuelta de Lola, Urbanización San Francisco, casa Nº 52 del Municipio Libertador del estado bolivariano de Mérida, el segundo domiciliado en: Santa Ana Norte, quinta Mira Sierra 1-9, frente a los edificios de Campo Neblina, etapa 2 del Municipio Libertador del estado bolivariano de Mérida, teléfonos móviles: 0412-3767222 y 0414-3742420 y civilmente hábiles; a favor de sus hijas, la adolescente VICTORIA SARAI SULBARAN HERNANDEZ, de quince (15), años de edad. F.N.:03/07/2010, titular de la cedula de identidad Nº V- 34.477.614, pasaporte venezolano Nº 170376048 y la niña SALMA VALERIA SULBARAN HERNANDEZ, d.....