Por las razones anteriormente explanadas y sobre la base de la garantía procesal a la tutela judicial efectiva, consagrada en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, lo ajustado a derecho en el caso sub examine, es declarar SIN LUGAR el recurso de apelación de sentencia interpuesto en fecha veintisiete de enero del dos mil veintiséis (27/01/2026), por el abogado Breitner Alexander Mercado Montes, actuando como defensor privado del encausado Jorge Luis Guillen Hernández, en contra de la sentencia condenatoria publicada en fecha veintiuno de enero d dos mil veintiséis (21/01/2026), por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Bolivariano de Mérida, mediante la cual condena al ciudadano Jorge Luis Guillen Hernández, a cumplir la pena de doce (12) años de prisión, por la comisión del delito de abuso sexual sin penetración, previsto y sancionado en el primer y segundo aparte del artículo 59.....