Este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuando en sede constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta sentencia en la presente causa en los términos siguientes: PRIMERO: Se declara CON LUGAR la apelación interpuesta el 6 de febrero de 2025, por el abogado JOSÉ ALFONSO MÁRQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. 4.468.192, IPSA N° 23.941, con domicilio procesal en El Vigía, avenida 14, local 4-51, sector "El Carmen", Parroquia "Rómulo Betancourt domiciliado en el Vigía, Municipio Alberto Adriani, del Estado Bolivariano de Mérida, en el sector "Caño Seco II", calle 14, casa nro. 174, en jurisdicción dela Parroquia "Pulido Méndez" del citado municipio, en su carácter de apoderado judicial de ANGÉLICA ALEJANDRA CONTRERAS CONTRERAS, contra la decisión proferida por el JUZGADO DE PRIMERA INSTA.....