Este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolivariano de Mérida, actuando en sede constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, decide:PRIMERO: Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho la pretensión autónoma de amparo constitucional contra la sentencia de fecha 8 de enero del año 2026, por incurrir en la violación de sus garantías constitucionales, atribuidas al Juzgado Accidental Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, en la persona del Juez Accidental LUIS MIGUEL ROJAS OBANDO, propuesta por el abogado en ejercicio LUIS OMAR GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad nro. V.- 10.900.778, domiciliado en la carrera 3, detrás de la extensión de la Universidad Nacional Abierta frente a la Placita de los Escritores, casa n° .....