CAPÍTULO V
DECISIÓN
En vista de los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Segundo de municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los municipios Libertador y Santos Marquina de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda de divorcio 185, en aplicación de la sentencia Nroº 1.070 de fecha 09/12/2016, emanada de la Sala de Casación Civil, interpuesta por el ciudadano Luis Alberto Urbina Contreras, plenamente identificado en autos, y en consecuencia, se declara: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL existente entre los ciudadanos Luis Alberto Urbina Contreras y Carla Andreina Carreño Cabrera, que los unía y que contrajeron por ante el Registro Civil de la Parroquia Tabay del Municipio Santos Marquina del Estado Bolivarianio de Mérida, en fecha 15 de Enero de 2.024, según acta Nº 03.
Publíquese, regístrese, comuníquese notifíquese y déjese copia certificada de la misma para el .....