PRIMERO: Se declara CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados EVER ROLANDO GONZÁLEZ RODRÍGUEZ y DIANA VANESSA ALVIAREZ DE GONZÁLEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los números 62.419 y 179.124, en su orden, en su carácter de coapoderados judiciales de la parte demandada ciudadana MARÍA YURAIMA CARRERO MÁRQUEZ, en fecha 10 de octubre de 2025, contra decisión de fecha 06 de octubre de 2025 en el cual ese juzgado declaró sin lugar la cuestión previa del ordinal 9° del artículo 346 del Código de Procedimiento Civil , referente a la cosa juzgada, y ordenó a la parte demandada dar contestación a la demanda dentro los 5 días de despacho siguiente a la fecha de ese fallo, y , condenó en costas a la parte demandada, en el juicio en su contra por los ciudadanos CARLA MARÍA CARRERO, ANEELY ALEJANDRA CARRERO LOBO y PABLO ALEJANDRO CARRERO LOBO, por nulidad de documento por simulación. SEGUNDO: Se REVOCA el fallo dictado el 06 de octubre de 2025, dictado por el Juzgado Terce.....