PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la oposición formulada por los abogados en ejercicio ENDER BLADIMIR DUGARTE ARAQUE y YORFREDDY PLAZA TORREJANO, actuando en su condición de apoderados judiciales de la parte demandante, con respecto a las pruebas promovidas por la parte demandada ciudadana CARMEN DE LAS NIEVES CASTILLA GARCIA.
SEGUNDO: CON LUGAR la oposición formulada por la abogada en ejercicio MARÍA ALEJANDRA MÉNDEZ DE MEYNARDIEZ, actuando en su condición de apoderada judicial de la parte demandada, ciudadana CARMEN DE LAS NIEVES CASTILLA GARCIA, mediante el cual se opusieron a las pruebas documentales promovidas por la parte accionante.
TERCERO: Procédase a la evacuación de las pruebas que fueron admitidas en la parte motiva del presente fallo.
CUARTO: Por la naturaleza del fallo no existe especial pronunciamiento sobre costas.
QUINTO: Por cuanto la decisión sale fuera del lapso legal, se ordena la notificación de las partes, vía telefónica.
SEXTO: Publíquese la presente .....