PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la pretensión de amparo constitucional presentada para distribución en fecha 10 de junio de 2026, por el abogado JUAN CARLOS ACOSTA MORA, actuando como apoderado judicial de la ciudadana LIDYS DEL ROSARIO FERNÁNDEZ LÓPEZ, contra el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida con sede en el Vigía, al cual expresamente se sindica como agraviante, y que está a cargo de la Juez Provisoria LII ELENA RUIZ TORRES, por la violación de sus derechos y garantías constitucionales a la defensa, al debido proceso y a la tutela judicial efectiva, consagrados en los artículos 27, 49,51 y 115 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. SEGUNDO: SE ORDENA a la Juez Provisoria a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Bolivariano de Mérida con sede en el Vigía, que proceda a dictar sentencia.....