´este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ALBERTO ADRIANI, ANDRÉS BELLO, OBISPO RAMOS DE LORA Y CARACCIOLO PARRA Y OLMEDO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR divorcio por desafecto, conforme a lo establecido en la sentencia1070 de fecha 09 de diciembre de 2016, la demanda fue formulada por el ciudadano LUIS ALBERTO LEON GARCÍA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-9.398.288, domiciliado en el sector La Inmaculada, Casa N° 10-56, una cuadra del comedor popular Negra Mache, Municipio Alberto Adriani del estado Bolivariano de Mérida y hábil, asistido por el abogado en ejercicio SANDY JOSUE GARCIA VERA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.577.547, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 82.414, con.....