´´Por las consideraciones expuestas, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MÉRIDA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, intentadaporlos ciudadanos ALVEIRO DIAZ MERCADO y RAFAEL CHACON CARRERO venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 16.039.418 y 19.503.288,asistidos por el abogado JOSE TITO LOPEZ JAIME, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 9.478.511, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 56.394 en contra de la entidad de trabajo FRIGORIFICO INDUSTRIAL LOS ANDES C.A (FILACA).Publíquese la presente decisión.´