PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud del Ministerio Público y en consecuencia se decreta el SOBRESEIMIENTO de la presente causa de conformidad a lo establecido en el artículo 300 numeral 4° del Código Orgánico Procesal Penal a favor de HENRY IZARRA Titular la Cédula de Identidad V.- 13.577.371, por la presunta comisión del delito de GENERACIÓN DE RUIDOS, previsto y sancionado en el artículo 110 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio de La Colectividad, dado que no existen razonablemente la posibilida