DECLARA CON LUGAR LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la solicitud de Separación de Cuerpos y Bienes presentada por los ciudadanos FRANQUIS JAVIER ROSALES MEJIAS y DAYANA CECILIA BAPTISTA UZCATEGUI, plenamente identificados en autos, en consecuencia QUEDA DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL que ambos contrajeran en fecha 18-09-1999, por ante la Prefectura Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, actualmente Registradora Civil de la Parroquia El Llano, Municipio Libertador del Estado Mérida, según acta N° 191. En cuanto al Régimen Familiar de conformidad con la Ley, queda establecido de la siguiente manera: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza de los niños OMITIR NOMBRES, será compartida y la Custodia de los mismos, será ejercida por la madre. SEGUNDO: El padre aportara la cantidad de MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00) sin que ello pueda excluir el pago por cualquier concepto por razón de enfermedad o necesidades urgentes que eventualment.....