En razón de las anteriores consideraciones, ESTA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR recurso de apelación de sentencia, interpuesto en fecha veinticuatro de septiembre del año dos mil veinte (24-09-2020), por la ABOGADA CRISTINA BEATRIZ FIGUEREDO GONZÁLEZ, en su condición de Defensora Privada de la ciudadana ROXANA ANDREINA VILLARREAL RIVAS CI: V-23.725.115, del caso penal signado por el Nº LP01-P-2016-002449, del recurso de apelación signado con el Nº LP01-R-2020-000061, contra la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio Nº 01 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, en fecha treinta y uno de enero del año dos mil veinte (31/01/2020), mediante la cual condenó a la acusada ROXANA ANDREINA VILLARREAL RIVAS, por la comisión de los d.....