Definitivamente firme como quedó la sentencia dictada en fecha 08-10-2010, por el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio Nro. 05 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, cursante del folio 98 al 103 de las actuaciones, mediante la cual condenó al ciudadano: SANTIAGO AGURTO MEDINA, Peruano, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad N° E- 83.427.704, nacido en fecha 29-12-1960, casado, hijo de Sebastiana Medina Zapata y Tomas Agurto Tovar, con domicilio: en Calle Las Cumbres n° 7-9, Mérida, Estado Mérida,
Donde lo condena a cumplir la pena de: a, a un (01) año y seis (06) meses de prisión por la comisión del delito de Ocultamiento de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, y la pena accesoria de inhabilitación política durante el tiempo de la condena artículo 16 del Código Penal. Este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución Nro. 02, administrando Justi.....