DISPOSITIVA
Por las consideraciones antes expuestas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL DEL TRÁNSITO, BANCARIO Y MARÍTIMO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA, actuando en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la demanda de PARTICION DE BIENES, incoada por el ciudadano WILLIAM ALEXANDER BARRIOS RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.340.959, asistido por los abogados AMADEO VIVAS ROJAS e ISABEL TERESA RANGEL ROJAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 23727 y 212.707, contra los ciudadanos MARIA MILAGROS BARRIOS CASTILLO y JESUS ALFONSO BARRIOS CASTILLO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de Identidad Nros. V- 26.810.751 y V- 21.223.004. De conformidad con lo establecido en las Jurisprudencias antes citadas y el artículo 341 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con el artículo 340, ordinal 6º ejusdem. Se da por.....