Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, y con fundamento en lo dispuesto en los artículos 51 Constitucional, y 57, 71.1, 77 y 282, del Código Orgánico Procesal Penal, este Tribunal de Primera Instancia Penal en Funciones de Control No. 06, del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estadio Mérida. Extensión El Vigía. ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, POR AUTORIDAD DE LA LEY: Primero: De conformidad con lo establecido en el artículo 310 del Código de Procedimiento Civil, deja sin efecto, por contrario imperio, lo resuelto en esta misma fecha, en ocasión de la realización de la audiencia convocada conforme al artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, para debatir los fundamentos de la Solicitud Fiscal de Sobreseimiento, relativo a la declaratoria de extinción de la acción penal conforme al artículo 48.8 del Código Orgánico Procesal Penal, el decreto de Sobreseimiento de la Causa, conforme al artículo 31.....