Por lo antes señalado, este Tribunal de Juicio N° 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la sustitución de la medida de privación judicial preventiva de libertad por la medida cautelar contenida en el numeral 2 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, al imputado Leonardo Vielma Parrado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.321.901, de conformidad con el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se impone:
1) La obligación de someterse a la vigilancia de la institución "Reto a la Esperanza", la cual debe informar regularmente al tribunal sobre el cumplimiento de dicha medida, y por ende la ciudadana María Elena Parrado debe garantizar tal medida.
2) Presentarse ante el Tribunal de Juicio N° 01 de este Tribunal, cada vez que le sea requerido.
En virtud de que esta decisión se materializó en audi.....