OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado LUIS ANTONIO LOPEZ, venezolano, titular de la Cedula de Identidad Nro-13.518.516, fecha de nacimiento 17-08-1975,  de 34 años de edad, albañil, soltero, hijo de  Camacaro y de Cirila Alejandrina López Rojas, residenciado en el   Barrio Rosa Inés, calle 4 de Febrero, casa Nº- 3-89, Mariara estado Carabobo: por la comisión del  delito de PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 277 del Código penal,  condenado a cumplir  la pena de UN (01) AÑOS  Y SEIS (06)  MESES DE PRISION, más las accesorias de ley, los cuales se contaran a partir del día siguiente a la Imposición de la presente decisión, imponiendo el Tribunal al penado, las siguientes condiciones u obligaciones:---------
1.- No cambiar de residencia, en caso de ser necesario la mudanza, debe  participar de inmediato al Tribunal y  al Delegado de Prueba. ---.....